¿Qué hay que tener en cuenta a la hora de compra sobre plano?
Toca ocuparnos del caso especial de la compra sobre plano de una vivienda en Lousame, Noia, Outes o Porto do Son. En este caso no hay vivienda que visitar ni papeles que leer ya que estamos comprando algo que todavía no está construido y únicamente nos podremos guiar por los planos y memoria de calidades que nos aporte el promotor, eso sí, debidamente firmados y sellados por éste, siendo altamente recomendable que conste la fecha de entrega de esta documentación.
Al igual que en los casos en los que se adquiere una vivienda ya construida, hay que realizar ciertas comprobaciones previamente a la firma del contrato, como son:
- La existencia de la promotora a la que estamos comprando y que la persona que nos aporta la documentación y va a firmar está realmente facultada para ello. Lo que se puede consultar en el Registro de la Propiedad.
- Que el solar en el que se va a edificar está inscrito a nombre de la promotora. Lo que se puede consultar en el Registro de la Propiedad.
- La existencia de Proyecto Básico y de Ejecución de la edificación visado y redactado por un técnico competente, Arquitecto normalmente, no inhabilitado para el ejercicio de la profesión y en posesión de Seguro de Responsabilidad Civil con cobertura en vigor. Lo que se puede consultar en el Colegio de Arquitectos de Galicia o en el Ayuntamiento (Urbanismo).
- Existencia de Licencia Urbanística en base al Proyecto Básico y de Ejecución. Lo que se puede consultar en el Ayuntamiento (Urbanismo) y también en el Registro de la Propiedad ya que si consta la descripción del edificio futuro es porque antes se ha justificado la existencia de licencia ante el registrador.
¿Qué hacer si nos obligan a firmar un contrato o a hacer pagos antes de la construcción del edificio?
Si nos obligan a la firma de un contrato privado y el abono de cantidades a cuenta del precio antes de la construcción del edificio, tendremos en cuenta que:
- En caso de que el contrato incluya cláusulas abusivas (como las que permiten al promotor realizar posteriores modificaciones en el proyecto sin que lo consienta el comprador, las que establecen la renuncia del comprador al derecho a elegir notario, las que establecen la obligación del comprador a subrogarse en el préstamo hipotecario contratado por el promotor, etc.) éstas se tendrán por no puestas, aunque el comprador las haya firmado, y se considerarán nulas.
- Si se entregan cantidades al promotor, se podrá exigir de éste que justifique que las ha depositado en una cuenta especial de la que sólo podrá disponer para llevar a cabo la construcción, y que se contrate un seguro o se constituya un aval que asegure su devolución más un seis por ciento para el caso de que no se lleve a cabo la construcción o se retrase la entrega.
- Finalizada la edificación, y previamente a la firma de la escritura de compraventa, debemos exigir al vendedor que justifique que la obra ha sido terminada de acuerdo con lo que estaba definido en el plano que nos estregó al inicio, y que se ha contratado un seguro que cubra los daños por defectos en la construcción. Por ello, antes de firmar la escritura, es preciso comprobar que se ha inscrito la terminación de la obra en el Registro de la Propiedad.
Guía definitiva para comprar una vivienda en Noia
Este artículo forma parte de nuestra Guía definitiva para comprar una vivienda en Lousame, Noia, Outes y Porto do Son. La guía pretende señalar los pasos más importantes para poder realizar una compraventa y está compuesta por los siguientes apartados:
- Buscar la vivienda que mejor se adapta a nuestras necesidades
- Comprobar las características físicas del inmueble
- Comprobar la situación jurídica de la propiedad
- En el caso de adquirir una vivienda sobre plano
- La financiación hipotecaria para la compra
- El contrato de compraventa
- Impuestos por la compra de la vivienda
- Inscripción de una vivienda en el Registro de la Propiedad
- Gastos por la compra de la vivienda